Lo primero necesario para formar un smial son 5 personas, que sean socios de la STE. Esto aunque que parece lógico, pero es importante remarcarlo: las 5 personas que desean fundar el smial deben haber pagado las cuotas del año correspondiente.
En segundo lugar, deben tener posibilidad de reunirse. Esto hay que interpretarlo en sentido amplio, lo que se quiere decir es que deben mantener un contacto más o menos constante para que la información entre ellos sea fluida. Quiero decir que no es necesario que los cinco socios puedan reunirse personalmente todos los días, basta con que puedan hacerlo a través de Internet (chat, lista de correo, foro, etc...).
Una vez se tienen los cinco socios con posibilidad de reunirse, hay que elegir un ámbito geográfico para el smial y un nombre, sacado de la obra de Tolkien.
Y finalmente, después de la reunión inaugural del smial (presencial o virtual) hay que elegir un Presidente, para representar al smial ante la STE. El Presidente del smial pasa a formar parte de la Junta Directiva de la STE, y su labor es representar a su smial ante la Junta y mantener informado al smial de lo que ocurre en la Junta. Para facilitar su labor, existe una lista de correo electrónico (http://groups.yahoo.com/group/juntaste) de la que forman parte todos los miembros de la Junta. El Presidente debe informar a la Junta de que el smial ha sido fundado, y a partir de ese momento se considera el smial como oficialmente existente.
Aparte de eso, el smial debe designar un domicilio (normalmente el del Presidente) como domicilio social de la STE en el ámbito geográfico del smial. Esto sólo significa que, en el caso de que una Administración de ese ámbito geográfico le quiera comunicar algo a la STE, lo haría en esa dirección, y no implica ningún tipo de obligación para el Presidente. Es un requisito que nos exige el Ministerio del Interior para inscribir a los smiales como Delegaciones Locales de la STE. |